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Subject: algun Boga???

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2009-12-09 21:10:02
Kaisser [del] to All
algun abogado que la tenga clara en lo laboral?

tema "vacaciones"

mi sra hace 13 años que labura en el mismo lugar, siempre se toma segunda quincena de enero y primera de febrero, es maestra jardinera.

este año se les ocurrio a su jefa que se tome del 28/12 al 24/01!!!!
me corta la segunda quincena, justo, la que alquile en la costa! :S

se puede dar un periodo de vacaciones asi?
o deberian darle del 4/01 al 1/02????

2009-12-09 21:11:56
hasta donde yo se si se pueden dar. Pero prende la Catenaccio senial, y bancate la respuesta de 500 lineas!
2009-12-09 21:14:01
jaaja, yo se que las vacaciones del 2008, se las pueden dar a partir de octubre del mismo año....
tambien se que si o si empiezan un lunes :P

pero nada mas...
2009-12-09 21:14:40
tampoco se si tienen un plazo para notificarte o algo asi... no recuerdo.
2009-12-09 21:18:21
otro que puede saber es sesa....
2009-12-09 21:20:44
Mh, yo empecé este año, no puedo ayudarte, creo que Laboral tengo en tercero. Igual puedo buscar un poquito, pero me suena que es posible que te garquen de esa forma con las fechas.

edito: con 13 años de laburo ahí le corresponden 28 días corridos de vacaciones.

"Epoca de otorgamiento y comunicación.

El empleador debe conceder el goce de vacaciones de cada año entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente y la fecha de iniciación de las vacaciones le debe ser comunicada por escrito al trabajador, con una anticipación no menor de 45 días.

Omisión del otorgamiento. Si vencido el plazo para efectuar la comunicación al trabajador de la fecha de comienzo de sus vacaciones, el empleador no la hubiere practicado, aquél puede tomarse las vacaciones que le corresponden -previa notificación fehaciente de ello-de modo que las mismas concluyan antes del 31 de mayo (LCT, art. 157)."


(edited)
2009-12-09 21:39:30
si no le notifico antes no puede cambiar sobre la marcha del mes, de hecho, le podria hacer quilombo tu jermu y va a tener razon... asique que se las tome como el año pasado total la ley esta de su lado
pero asi la ley este de su lado ella se pone a desafiar a la jefa y la salen echando del trabajo
y le hace un juicio laboral (que cais siempre gana el empleado) y le hace un flor de buraco XD

aunque obviamente si ella quiere preservar la "cordialidad" del trato en el ambiente laboral, que no haga quilombo y se tome como dice la jefa
o que haga quilombo y se le revele a la jefa :P
2009-12-09 22:22:16
12 añitos no creo que se animen a rajarla!

cuanto tiempo antes hay que notificarse???
2009-12-09 22:28:10
Kaisser, para mí lo mejor que puede hacer tu mujer es ir con algún recibo que demuestre que la casa ya está alquilada o boleta de depósito, pasajes si es que ya los tenés sacados y plantearle a los empleadores si no se puede modificar eso. Que de última para el año que viene trata de organizarse mejor (aunque a esta altura, los empleadores deberían ya tener todo organizado y no caer a mediados de diciembre con la novedad, si bien muchos lo hacen).
Me parece que es lo mejor, antes que ir y hacer kilombo y meter un abogado en el medio, que es lo que siempre hay que tratar de evitar porque se le pueden cerrar puertas y no creo que eso le convenga...

Entiendo que se hace difícil, pero me parece que es el mejor camino, si habla con respeto no puede caer mal. Distinto es si es medio nerviosa y va con ganas de hacer kilombo... ahí se complica.

(edited)
(edited)
2009-12-09 22:47:09
Como andas Kaisser? Yo soy abogado, asi que tratare de ayudarte... el costo de la consulta no es mas que un plus de 1 año =P

Si no la notificaron oportunamente como establece la ley (com 45 dias de anticipacion) no pueden obligarla ahora a que las tome en esa fecha. Ademas si siempre se la dieron en el mismo periodo desde hace 12 años establecieron una costumbre y no pueden modificarla ahora "sobre la marcha" y con tan poco tiempo de aviso, debieron haberlo avisado antes.

Entonces te recomiendo, para no hacer quilombo legal metiendo abogados que siempre dejan algun resentimiento (sobre todo porque seguira laburando ahi) que vaya y lo plantee en buenos terminos explicando que ya pagaron el alquiler de una casa y no lo pueden cambiar, que en todo caso para el año le avisen con tiempo.

Si necesites que te amplie o aclare algo mas a tu disposicion. Un abrazo
2009-12-09 23:43:14
Un abogado que aconseja que es mejor que no se meta un abogado de por medio. WOW, LOL.

Muevo a WTF!!!!

=P
2009-12-09 23:47:58
Honestidad pura lo tuyo
2009-12-10 00:01:34
Jajajaja, y si... lo tengo lejos y no va a ser cliente mio... =P

No, hablando en serio creo que hay casos en que es mejor que los abogados no intercedamos personalmente, se puede aconsejar y recomendar como actuar al cliente sin meterse cuando se sabe que eso le podria acarrear mas problemas en el futuro o hacer una relacion mas tormentosa, como es el caso de las relaciones laborales, que son cotideanas.

Estoy convencido de que se debe buscar lo mejor para el cliente siempre, aunque lamentablemente muchos no lo hacen asi y buscan su redito personal... Ojo que es asi en todas las actividades, quizas la de la abogacia es mas sensible y notoria, pero nada mas...
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