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Subject: algun abogado para sacarme una duda???

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2011-03-17 16:47:30
Kaisser [del] to All
es por un tema laboral...
2011-03-17 17:55:22
te diré que tienes que hacer: acusalo, acusalo con todos los adultos que puedas! venir conmigo fue un buen comienzo
2011-03-17 18:30:37
:P

dejo la duda asi si aparece alguien ya me la saca :P

Despues de la licencia por maternidad mi sra opto por 3 meses de excedencia art 183 inc c, cumplido los 3 meses puede optar por rescindir la relacion laboral segun el mismo art 183 in b?????????????????????????
2011-03-17 20:36:49
Claro, eso se llama renunciar.
2011-03-17 21:29:57
si, pero mi pregunta es si le corresponde cobrar lo que dice el art 183 inc b....
o si no le corresponde...

me parece ilogico que si hace 3 meses le correspondia, despues de tres meses sin goce de sueldo ya no...
pero por eso pregunto a algun boga q sepa :S

2011-03-18 01:45:40
si ya se tomo 3 meses sin goce de sueldo al renunciar solo le corresponde vacaciones y aguinaldo proporcional.
2011-03-18 12:06:22
mas claro hechale agua, muy bien luisito
2011-03-18 13:33:07
Además tené en cuenta un detalle importante: en el período de licencia sin goce de sueldo ella no recibió aportes. Te lo comento porque puede tener problemas con la obra social, que en una de esas le da de baja. Lo que hacen muchas es pagar ellas lo aportes para no perderlos.
2011-03-18 18:39:34
si eso lo se, gracias igual!

gracias luis!!!!


voy al choque a reclamar pagos en negro, etc etc etc

a ver si arregle en el seclo! ;)
2011-03-19 14:18:21
Pero tuvo algún problema ella en dónde labura?
2011-03-19 16:16:57
cuestiones personales en el foro no, muchas gracias.

/Cierro.
(edited)
2011-03-19 16:49:12
Menos mal, yo pensé que habias tenido algun problema relacionado con el post de ***NeNas***, e ibas a tener que empezar a armar alineación desde una celda :P
2011-03-19 17:08:42
Es una pregunta para responder Sí o No, no para que entre en detalles.

Así que no cierres nada, MOd de Cuarta!
2011-03-21 20:28:49
no ninguno!

pero la idea era/es que no vuelva a laburar por un tiempo y cuide el bebe ella!
ademas es hacer una psae de manos entre lo que cobra y lo que pago x que otros me cuiden los nenes no conviene.....


cuando haces opcion por la excedencia, esto es inmediatamente despues de la licencia por maternidad, si despues renuncias no te corresponde cobrar NADA!

si lo haces inmediatamente despues de la licencia, cobras un 25% de una liquidacion por antiguedad....

esa era mi duda, igual antes de entrar en kilombo fui, hable, arreglamos y TODOS contentos!
2011-03-22 00:25:30
jajaja :P
2013-04-17 14:54:52
al final, hay algún abogado por aquí? :)
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